1. De acuerdo al artículo 24 de la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, los proveedores están obligados a atender los reclamos presentados por sus consumidores y dar respuesta a los mismos en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles improrrogables; sin perjuicio del derecho de los consumidores de iniciar las acciones correspondientes ante las autoridades competentes.
2. En caso usted no estuviese conforme con la respuesta a su reclamo o queja, por favor dirigirse a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, o a INDECOPI.
3. Adicionalmente, las respuestas a su reclamo o queja, podrán ser enviadas a la dirección y/o correo electrónico registrados en nuestras base de datos.